junio 21, 2010

Reglamentación: Cuándo, Quién y Cómo...

Me voy a referir en pocas palabras a algunos aspectos fundantes de la reglamentación de la ley celíaca Nacional, aplicables también a las otras leyes de E.C. que están en estos tiempos esperando ser reglamentadas.
¿Cuándo?
Es la primer pregunta que me viene a la cabeza...¿Cuándo debería realizarse la reglamentación? La ley Nacional establece un plazo de 90 días a contar desde la promulgación, para realizar las modificaciones que correspondan al Código Alimentario Argentino. Plazo ya largamente superado. Otras no hacen mención de plazo alguno.
En todo caso...¿No es un deber de las autoridades responsables en cada caso, reglamentar cuanto antes cualquier ley que se promulgue? ¿No sería esa una obligación indeclinable, y su concreción, una muestra elocuente de responsabilidad? Entiendo que las autoridades deberían comenzar en forma inmediata a la promulgación, con el estudio de la reglamentación. Y dado que se supone que son los más idóneos para ello, no tendrían porqué tardar demasiado.
Tal vez, las autoridades ya están trabajando en ello, pero ¿Porqué no lo sabemos nosotros? ¿No es acaso obligatoria la publicidad de los actos de gobierno? ¿No debería el P.E. decir: "Vean, hicimos esto y aquello, y estaremos haciendo esto otro y lo de más allá, en los próximos días..." ?
¿No se cubre de sospechas el P.E. cuando no comunica nada de lo que hace al respecto, y de pronto, sale a la luz que los industriales de la alimentación y los supermercadistas  (CONASE), sí han podido expresarse y hacer llegar al Min. de Salud sus "consejos" al respecto?
Nos trae esta cuestión a la segunda de las preguntas...
¿Quiénes?
¿Quiénes deberían ser consultados a la hora de reglamentar? ¿Son los industriales de la alimentación los más idóneos para determinar cuál es el límite saludable del contenido de gluten de un alimento apto para celíacos?
¿O son los profesionales médicos y los nutricionistas de nuestro País, los que conocen perfectamente qué y cuánto comemos, los que deben hacer escuchar su voz?
¿Tenemos los celíacos algo para decir al respecto?
Seguramente, y mucho. Somos los celíacos los que más hemos estudiado la realidad diaria de las connotaciones de nuestra dieta.
Somos nosotros los que debemos dar nuestra opinión, respecto a qué productos necesitamos, y cuales márgenes aceptaremos como seguros.
¿Porqué el Min. de Salud se niega a recibirnos? ¿Porqué no quiere escucharnos, y prefiere en cambio escuchar la voz de los industriales, en reuniones a puertas cerradas, que flaco favor le hacen a la transparencia de sus actos?
Esto último nos conduce a la tercera pregunta:
¿Cómo?
¿Cómo debería hacerse la reglamentación?
Entiendo que debería darse cabida a todos los actores, no a unos pocos.
Que debería hacerse mediante sesiones públicas, no privadas.
Que los profesionales de la salud, deben dejar claramente establecidos los lineamientos a los que la Industria debe subordinarse, y no al revés.
Que los técnicos de la Conal y el INAL, deben hacer valer sus conocimientos para poner en letra clara, lo que los legisladores forjaron en el espíritu de la ley, y los profesionales de la salud dejaron claramente establecido en sus informes.
Que por ser la E.C. un tema de salud pública, no puede dejarse en manos de la industria y sus intereses comerciales, la reglamentación de la ley que deberá hacer factible una mejor calidad de vida para quienes la padecen.
Entiendo que podríamos seguir haciéndonos muchas preguntas de este tipo, pero espero que el Ministerio de salud, no nos dé  tiempo para ello, haciendo públicos los pasos que está dando, y permitiendo que los celíacos, destinatarios finales de esta ley, podamos acompañar todos y cada unos de esos pasos.
Hasta la próxima.
Rolando D. Gail

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